Como hemos visto, la DMA establece un registro de Zonas Protegidas, entre las que están los espacios de la Red Natura 2000 que dependen del agua. Todas las Zonas Protegidas de este Registro cuentan con unos objetivos específicos o genéricos que deberán ser incluidos como objetivos ambientales del plan hidrológico (DMA, artículo 4.1.c.[1]). Además, hay que identificar si los objetivos de conservación de cada espacio son más rigurosos que los objetivos ambientales de la DMA que sean de aplicación (DMA, artículo 4.2.[2]). De esta manera son objetivos propios de la Directiva, los objetivos de conservación de esos espacios, y por ello, el mantenimiento o la mejora del estado de conservación de los hábitats y/o las especies con presencia regular que dependen del agua por los que fueron declarados –DMA, anexo IV (1) (v)[3]–.

En base a esto, la correcta identificación de objetivos de conservación requiere un conocimiento de las exigencias ecológicas de cada especie y hábitat de interés, la distribución y otras características de éstos dentro de cada espacio protegido, existiendo ya avances de interés en esta materia respecto a los hábitat del Anexo I de la Directiva Hábitats en España (VVAA, 2009). Lo que demuestra que es necesaria una colaboración estrecha entre las diferentes administraciones competentes, así como la búsqueda de apoyos externos que aporten toda la información necesaria (organizaciones ambientales, universidad, etc.) para una buena elección de parámetros que funcionen como indicadores del grado de cumplimiento con el objetivo.

La interpretación correcta del objetivo más riguroso debe ser la base en la que se fundamenta la priorización de las medidas a poner en marcha en el plan de cuenca para alcanzar el cumplimiento de las directivas europeas de conservación y de aguas. Ya que, si el objetivo que se establece a alcanzar no es el adecuado, el plan de medidas no cumplirá con el cometido final de la Directiva Marco del Agua. Por lo tanto, es especialmente importante que el objetivo más riguroso se determine con la más amplia participación de administraciones competentes (Estado y comunidades autónomas), expertos y público interesado, haciendo uso de la mayor y más actualizada información posible. Un pequeño resumen del proceso podría ser el siguiente:

 Figura 1. Extensin 4

Esquema para la determinación del objetivo más riguroso para masas de agua de espacios protegidos de la Red Natura 2000 que dependen del agua. 

Igualmente, el plan de cuenca ha de cumplir con el principio de no deterioro de la legislación vigente (Ley 42/2007, artículo 45.2.; Directiva 92/43/CEE, artículo 6 y Directiva 2009/147/CE artículo 13) para todos los espacios de la Red Natura 2000 (y sus hábitats y especies), no sólo para los que dependen del agua. Por lo que todas y cada una de las actuaciones llevadas a cabo para cumplir con lo incluido en el Plan de Cuenca debe asegurar dicho principio. Además, a todo este proceso de identificación de objetivos por espacio protegido de la Red Natura 2000 y/o masa de agua, se le suma el hecho de que el proceso de Evaluación Ambiental Estratégica debe examinar los posibles impactos del Plan de Cuenca sobre la biodiversidad, más cuando la Ley 42/2007 obliga a todos los organismo de cuenca a velar por la conservación del patrimonio natural (Ley 42/2007, artículo 5[4]).

Aunque es cierto que la tarea de relacionar objetivos e identificar el más riguroso es compleja (técnica, jurídica y administrativamente). Más aún cuando se trata de relacionar los objetivos de conservación entre diferentes figuras de protección solapadas y los objetivos de la propia red hidrográfica (véase figura 2). Hoy en día existe un importante vacío en cuanto a los procesos internos y colaborativos de las diferentes administraciones competentes. Son necesarios buenos mecanismos de coordinación técnica, se pueden conseguir numerosas sinergias y entendimiento de técnicos de diferentes ámbitos, partiendo del interés de todas las partes de mejorar significativamente el estado de conservación de las zonas húmedas de la Red Natura 2000. Y cómo mínimo, los planes de gestión de espacios Natura 2000 que dependen del agua deberían establecer los requerimientos básicos de gestión del agua para el espacio y los planes de cuenca deberían satisfacer estos requerimientos con las medidas de gestión adecuadas.

 Figura 2. Extensión 4

Hipotético caso de complejo lagunar con: (a) red hidrográfica dividida en masas de agua según la DMA y (b, c, d) tres diferentes combinaciones posibles de zonas designadas como ZEPA, LIC, Espacio Natural Protegido e IBA.


[1] DMA, artículo 4.1. c): para las zonas protegidas; Los Estados miembros habrán de lograr el cumplimiento de todas las normas y objetivos...

[2]DMA, artículo 4.2.: Cuando más de uno de los objetivos establecidos... se refieran a una determinada masa de agua, se aplicará el más riguroso.

[3]DMA, anexo IV. 1. v): Zonas designadas para la protección de hábitats o especies cuando el mantenimiento o la mejora del estado de las aguas constituya un factor importante de su protección, incluidos los puntos Natura 2000 pertinentes designados en el marco de la Directiva 92/43/CEE y la Directiva 79/409/CEE.

[4]Ley 42/2007, artículo 5: Todos los poderes públicos, en sus respectivos ámbitos competenciales, velarán por la conservación y la utilización racional del patrimonio natural en todo el territorio nacional...